Según la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional Española.
Ataques que se producen contra el derecho a la intimidad:
- Delito de descubrimiento y revelación de secretos mediante el apoderamiento y difusión de datos reservados registrados en ficheros o soportes informáticos. (Artículos del 197 al 201 del Código Penal)
- Especialmente la copia y distribución no autorizada de programas de ordenador y tenencia de medios para suprimir los dispositivos utilizados para proteger dichos programas. (Artículos 270 y otros del Código Penal)
- Concepto de documento como todo soporte material que exprese o incorpore datos. Extensión de la falsificación de moneda a las tarjetas de débito y crédito. (Artículos 386 y ss. del Código Penal)
- Delito de daños mediante la destrucción o alteración de datos, programas o documentos electrónicos contenidos en redes o sistemas informáticos. (Artículo 263 y otros del Código Penal)
- Delitos de estafa a través de la manipulación de datos o programas para la obtención de un lucro ilícito. (Artículo 248 del Código Penal)
- Realizadas por cualquier medio de comunicación. (Artículos 169 y otros del Código Penal)
- Cuando se propaguen por cualquier medio de eficacia semejante a la imprenta o la radiodifusión. (Artículo 205 del Código Penal)
- La inducción, promoción, favorecimiento o facilitamiento de la prostitución de una persona menor de edad o incapaz. La producción, venta, distribución, exhibición, por cualquier medio, de material pornográfico donde participen menores de edad, aunque el autor fuera desconocido. La posesión de dicho material para la realización de dichas conductas. (ArTiculos 187 y 189 del Código Penal).

Información muy interesante.
ResponderEliminar